UA-110084627-1 VIEJITA TROTAMUNDOS: Derechos de las Personas Adultas

soy vieja y he trotado el mundo

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Tenemos libros publicados, dos exhibiciones de pintura, muchos trabajo tipo tequio en huertos individuales, apoyo entre los y las integrantes de la Asociación, intervención en la redacción de la ley 860 sobre los derechos de las personas adultas, conferencias, seminarios

lunes, 23 de abril de 2018

Derechos de las Personas Adultas

El pasado 3 y 4 de abril asistí a un taller sobre los derechos humanos de las personas adultas. Les platico parte de un documento que nos proporcionaron, para información de cualquier persona, pues consideramos que es indispensable que sepamos cuáles son nuestros derechos en todo tipo de situación y ámbito. De especial interés es el de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, llevada a cabo en 2015, que la tallerista denominó "parteaguas", y que nuestro gobierno aun  no ratifica. Es de suma importancia que lo haga, pues los acuerdos establecidos en ese documento son una punta de lanza para proteger a la población adulta que cada día va en aumento. Tenemos derecho a una vida digna y debemos estar al corriente de las leyes y acuerdos que nos apoyen y protejen. Solo a través del conocimieno podremos tener herramientas para defender nuestros derechos.

A continuación, solo algunos enunciados de las disposiciones en esa Convención. Quien se interese en más detalle, favor de escribirme a feijoo43@hotmail.com. Le  enviaré toda la información detallada, y otros tratados internacionales.

Hemos de dejar muy claro: El Estado Mexicano aun no ratifica estos enunciados. Creemos que las personas adultas tenemos la misión de exigir que firme, para lo cual habremos de unirnos y luchar por esta causa. Los y las invito a dar ideas sobre qué podemos hacer para presionar al Estado y que ratifique estos Convenios.



Los Estados Parte se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades.
Artículo 5.- Igualdad y no discriminación por razones de edad
Artículo 6.- Derecho a la vida y a la dignidad en la vejez
Artículo 7.- Derecho a la independencia y a la autonomía
Artículo 8.- Derecho a la participación e integración comunitaria
Artículo 9.- Derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia
Artículo 10.- Derecho a no ser sometido a tortura ni a pena s o tratos crueles, inhumanos o degradantes
Artículo 11.- Derecho a brindar consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud 
Artículo 22.- Derecho a la recreación, al esparcimiento y al deporte 
Artículo 22.- Derecho a la recreación, al esparcimiento y al deporte
Artículo 23.- Derecho a la propiedad
Artículo 24.- Derecho a la vivienda






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